Si estás obligado a presentar la declaración de renta en el 2024, correspondiente a tu situación financiera del 2023, es importante que recuerdes las deducciones que tienes para disminuir la base sobre la cual se calcula el impuesto de renta; dentro de dichas deducciones se encuentra el concepto de dependientes económicos. A continuación, te contamos sus características, límites y los requisitos necesarios para que puedas tomarla.

Las personas naturales que perciban rentas de trabajo pueden tomar una deducción por concepto de dependientes económicos que de acuerdo con el inciso 2° del artículo 387 del ET es igual al 10% de sus rentas de trabajo, sin que dicho valor exceda las 32 UVT mensuales (”para el año gravable 2023 equivale a $1.357.000”) ni las 384 UVT anuales (”para el año gravable 2023 equivale a $16.286.208”).

A partir del año gravable 2023 las personas naturales podrán tomar hasta 5 dependientes, los cuales se aplicara un dependiente del 10% y los 4 restantes se podrán tomar hasta 72 UVT por cada dependiente fuera del límite del 40%.

Cabe mencionar que, esta deducción, junto con las demás que puedas tomar tales como planes adicionales de salud, cuentas AFC, aportes voluntarios a pensiones, entre otras, no debe superar el 40 % de los ingresos totales del año menos los aportes a seguridad social.

El parágrafo 2° del artículo 387 del ET y el artículo 1.2.4.1.18 del Decreto 1625 de 2016, señala como dependientes a:

  1. Los hijos que tengan hasta 18 años de edad.
  2. Los hijos que tengan entre 18 y 25 años si el contribuyente se encuentra financiando su educación en instituciones de educación superior o en programas técnicos de educación no formal. Respecto a si la institución en la cual estudian los hijos debe estar en Colombia o también es aplicable cuando se encuentran estudiando en instituciones del exterior, a través del Concepto 045542 del 28 de julio de 2014 la DIAN precisó que la norma no hace distinción alguna por lo que “se concluye que es posible incluir los estudios en el exterior certificados por la autoridad oficial correspondiente de ese país”.
    1. Cambio a 25 años con la ley: LEY 2411 DE 2024 del 8 de agosto del 2024
  3. Los hijos mayores de 23 años que sean dependientes por factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
  4. El cónyuge o compañero permanente, los padres y los hermanos que sean dependientes por falta de ingresos o por ingresos en el año menores a 260 UVT (”para el año gravable 2023 equivalen a $11.027.000”) o por factores físicos o psicológicos certificados por Medicina Legal. A través del Concepto 060375 de 2014 la DIAN indicó que la deducción por dependientes también procede para cónyuge o compañero permanente del mismo sexo.

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