Si te estás preguntando qué beneficio trajo la reforma tributaria de Gustavo Petro para las personas naturales, aquí te contamos sobre un alivio que favorece a quienes estaban obligados a declarar renta en años pasados y por alguna razón no lo hicieron. Si quieres saber más, aquí te contamos.
El pasado 13 de diciembre del 2022, el Gobierno Nacional aprobó la ley 2277 del 2022, es decir, la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social. En ella se estableció un beneficio para la disminución de la sanción por extemporaneidad, como lo podemos evidenciar en su artículo 93. El cual dispone que las declaraciones de renta que se presenten después del 13 de diciembre del 2022, podrán descontar su sanción de extemporaneidad e intereses de mora de la siguiente manera:
¿Cómo acceder al descuento en la sanción de extemporaneidad?
Sanción de extemporaneidad: las personas naturales podrán descontar el 60 % de esta sanción. Eso significa que solo tendrán que pagar el 40 % de la sanción de extemporaneidad, siempre y cuando el valor de la misma no sea inferior a la sanción mínima.
Intereses moratorios: Luego de calcular los intereses moratorios, hasta la fecha en que se vaya a pagar, las personas naturales podrán descontar el 60% de los mismos, es decir que solo deberán pagar el 40% de dichos intereses.
Sin embargo, para aprovechar esta reducción en la sanción de extemporaneidad debes tener en cuenta algunas consideraciones que trajo la reforma:
Condiciones del descuento en sanción de extemporaneidad
- Debes presentar la declaración de renta antes del 31 de mayo del 2023.
- En el caso de sanciones por corrección, solo aplica para aquellas que sean por inexactitud notificada por la DIAN.
- Aplica para todas las declaraciones de renta que se presenten entre el 13 de diciembre del 2022 y el 31 de mayo del 2023; sin importar el año gravable.
- Luego del 31 de mayo del 2023 no podrás aplicar este beneficio.
- En caso de haber presentado alguna declaración de renta antes del 13 de diciembre del 2022, la cual tiene una sanción que aún no has pagado, el beneficio no te aplica.
Aprovecha esta oportunidad de ponerte al día pagando menos y recuerda que si aún tienes alguna declaración de renta pendiente, nosotros te ayudamos a elaborarla y presentarla ante la DIAN para que recibas este beneficio.
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