Si tienes firma electrónica y te encuentras obligado a presentar la declaración de renta, es importante que conozca cómo debes hacer la presentación de tu declaración y qué sucede en caso de que no lo hagas de forma adecuada. A continuación, te lo contamos.
¿Qué es la firma electrónica?
La firma electrónica es un instrumento que te permite, como usuario, formalizar de tus transacciones y cumplir tus obligaciones a través de un mecanismo más moderno; en todos los casos la firma electrónica reemplaza tu firma autógrafa para las diferentes obligaciones que cumplas ante la DIAN. Durante el 2020, la DIAN habilitó este mecanismo para que, de forma voluntaria, todas las personas que tuviesen que cumplir con obligaciones tributaria, como, por ejemplo, la presentación de la declaración de renta, pudiesen hacerlo de forma virtual, si necesidad de desplazarse a un banco para que la declaración quedara presentada.
Sin embargo, recuerda que, una vez tengas firma electrónica, únicamente podrás cumplir tus obligaciones tributarias a través del MUISCA de la DIAN haciendo uso de ella. Por ejemplo, si debes presentar tu declaración de renta, deberás ingresar al portal de la DIAN con tu usuario y contraseña, y presentarla de forma virtual, tu firma autógrafa será reemplazada por tu firma electrónica, por lo que no será necesario que te desplaces a algún banco para que le pongan el sello de recibo y tu declaración se entienda como presentada.
¿Cómo hago el pago si la declaración arroja saldo a pagar?
Si debes presentar tu declaración de renta de forma virtual y esta arroja saldo a pagar, tienes dos opciones para cancelar el valor: la primera es que puede generar el “Recibo Oficial de Pago de Impuestos Nacionales” - Formulario 490 con el que podrás pagar de forma electrónica a través de las opciones habilitadas para ello; la segunda consiste en imprimir el “Recibo Oficial de Pago de Impuestos Nacionales” - Formulario 490 y hacer el pago de saldo arrojado en la declaración, presentándolo en la entidad bancaria, en donde lo recibirán y le colocarán el sello con la fecha en que está realizando el pago, no será necesario que lleves la declaración de renta (Formulario 210).
Aunque tenga firma electrónica, ¿puedo presentar la declaración en el banco?
Desafortunadamente no, luego de que tengas firma electrónica debe presentar tu declaración de renta y, en general, todas tus obligaciones tributarias únicamente de forma virtual a través del MUISCA de la DIAN. Debe hacerlo de esta forma porque, en caso de que tengas firma electrónica y no presentes tu declaración a través del portal web de la DIAN, sino que decidas imprimir tu declaración de renta y llevarla al banco para que te coloquen el sello de recibo, esta declaración de renta no quedará como presentada y te expondrás a sanciones por extemporaneidad.
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