En este artículo te enseñamos algunas de las preguntas frecuentes que se pueden presentar frente a las correcciones de las declaraciones de renta. Esto ocurre cuando cometemos algún error en la información declarada o consideramos que omitimos algún item que es relevante.
La sanción va a depender si tu declaración de renta se encuentra o no vencida, es necesario validar los últimos dos dígitos de tu NIT para poder conocer si tendrás o no sanción por el proceso que se va ejecutar.
Si tu declaración de renta ya se venció se pueden tener diferentes escenarios según el item que se va a modificar con la corrección
En caso de que realices la corrección de tu declaración de renta antes de la fecha de tu vencimiento no tendrás ningún inconveniente en este proceso. Únicamente es necesario que te comuniques al chat para que recibas soporte y se pueda realizar la corrección de tu declaración a tiempo.
El proceso de corrección de tu declaración de renta puede tener una duración de treinta minutos o más dependiendo de las correcciones que se deban de llevar a cabo. Igualmente es necesario tener presente que en caso de que se requieran hacer correcciones múltiples, por ejemplo, declaraciones de renta de años anteriores, el proceso puede tardar más.
La corrección se debe realizar directamente en el portal de la DIAN y el proceso es inmediato, es decir, los cambios serán aplicados al instante de presentar la corrección, se resalta que, si hay cambios o actualizaciones en saldos de deudas o saldos a favor, la actualización de estos puede ser de tres días o más.
La DIAN puede requerirte en cualquier momento en caso de que la información que estés presentando no corresponda con tu realidad financiera. Puedes estar realizando la presentación o una corrección y si esta información no es verídica podrás ser requerido.
Si, las declaraciones de renta de años anteriores pueden ser corregidas, teniendo en cuenta que si la corrección es a favor de la DIAN (que aumente el impuesto a pagar o disminuya el saldo a favor) se tienen máximo 3 años para corregir, si la corrección es a favor del contribuyente (que disminuya el impuesto a pagar o aumente el saldo a favor), se tiene máximo 1 año para corregir. Si la corrección es de patrimonio, se puede realizar sin problema.
Para realizar el pago de la sanción generada por la corrección puedes realizarlo de la misma forma en la que pagas un impuesto, puedes generar un formulario 490 y dirigirte a una entidad bancaria para hacer el pago, o en caso de que lo prefieras puedes realizar el pago por medio de la página de la DIAN.
En caso de que tengas dudas o inquietudes sobre el proceso puedes contactarte con nuestro chat en vivo donde nuestros asesores resolverán cualquier duda o inquietud.
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